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domingo, 19 de mayo de 2013

NUEVA YORKExpulsión y suspensión en Acroarte es inconstitucional y violatorio al libre ejercicio de la comunicación

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NUEVA YORK.- .- El abogado, comunicador y politólogo, Miguel Melenciano, califico  de inconstitucional, violatorio a los derechos  individuales, sociales y al ejercicio de la comunicación en la República Dominicana,  la expulsión que hiciera el “tribunal disciplinario” de la Asociación de Cronista de Artes, (ACROARTE)  de cincos (5) de sus miembros.

Melenciano expresó que los elementos presentados por el actual presidente de esta institución Máximo Jiménez, a través de tercero -que se prestaron a tal mamotreto- carecen de fundamentos lógicos y jurídicos, los cuales, en ningún momento violan ningunos de los acápites del código de ética de esa institución.

Sin embargo,  acotó el jurista y comunicador social, que la resolución emitida por el “tribunal disciplinario”, si es violatorio al titulo ll, sección 1,  artículo 8 de la constitución dominicana en su acápite 6, que reza “Toda persona podrá, sin sujeción a censura previa, emitir libremente su pensamiento mediante palabras escritas o por cualquier otro medio de expresión, gráfico u oral”.

Explicó el jurista que el tribunal disciplinario, violó sus propias normas, atribuyéndose funciones y sobrepasando los límites de sus actuaciones, cuando se parcializa a favor del presidente de esa institución Máximo Jiménez y, en contra de cinco  (5)  miembros de ese organismo, que habían ejercido su derecho como tal, de denunciar lo que consideran anormal en la organización.
 
“La difamación e injuria, que alega el tribunal disciplinario de Acroarte,  fueron cometidas por los miembros expulsados y suspendidos,  esta tipificada en el código penal dominicano, y como tal, quien se sienta difamado e injuriado por alguien, tiene todo el derecho de encausar a ese alguien, ante los tribunales de la república, expuso Melenciano.

“Aquí es que se demuestra la parcialidad de este “tribunal disciplinario”, pues, tomó decisiones apresuradas para favorecer a una de las partes, sin que estas alegadas imputaciones, de difamación e injuria, fueran sometidas y conocidas por un tribunal penal, que es, a quien le corresponde- en principio- determinar si existieron los elementos constitutivos de la  infracción o delito que se alega”.

Comentó el abogado que el mal llamado “tribunal disciplinario”, debió esperar que estas supuestas alegaciones de difamación e injuria, que alega el presidente de Acroarte -fueron acometidas en su contra- fuesen conocidas por un tribunal de primer grado, para luego y, en base a esta decisión judicial, tomar las medidas pertinentes y atinente con el caso que le fuera sometido.

“O sea, que el “tribunal disciplinario de Acroarte, debió –en principio- sobreseer el caso sometido, hasta que un tribunal de lo penal, conociera los méritos de la supuesta difamación e injuria que alega el presidente de Acroarte, se profesaron contra él”, manifestó Melenciano.

Por los errores procedimentales, cometidos por el “tribunal disciplinario” de Acroarte y su presidente Máximo Jiménez, es que Melenciano planteó,  que se ha utilizado este importante mecanismo disciplinario interno, para acallar las voces disidentes, que no comulgan con la forma, como está manejando el actual presidente la institución que aglutina los críticos del arte en la República Dominicana.