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lunes, 28 de julio de 2014

DESDE LAS GRADAS DEL SUR: ¿Pena de muerte en la República Dominicana?

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POR FREDY E. PEREZ ESPINOSA  
Para ECOS DEL SUR

A raíz del brutal asesinato de la Segundo Teniente de la Policía Nacional, Mercedes del Carmen Torres Báez, se  suscitó un debate, luego que la institución del orden público diera muerte a los presuntos autores de este horrendo crimen. 

Unos a favor y otros en contra de la  actuación de la P.N., pero todos desbordados en una pasión sin límites defendiendo sus posiciones. Pero lo cierto es, que tanto la Tte. de la P.N., como los señalados   de haberle asesinado están muertos. 
 
A propósito de este caso, como de otros tantos similares, sería interesante hacer una breve revisión de que nos dicen las leyes al respecto. Esto así, porque hasta prueba en contario vivimos, con sus defectos y virtudes, en un estado social democrático de derecho y nadie puede  convertirse en juez y parte y tomarse las leyes en sus propias manos.

Si no me falla la memoria, la Constitución de la República establece que tenemos tres poderes del Estado, con funciones específicas bien definidas. Esto es,  Poder Legislativo, Poder Judicial y Poder Ejecutivo; por tanto, valdría la pena preguntarnos qué es lo que estamos haciendo bien y en qué estamos fallando. 

Entiendo, que es al Poder Judicial que le corresponde juzgar e imponer las penas correspondientes cuando se ha cometido un delito y tanto el Ministerio Público como  la P.N.  tienen a su cargo las investigaciones para establecer las debidas responsabilidades.

Pero muchas veces no ocurre así y hacen su aparición el inmediatismo y las emotividades.  Se actúa, entonces, aplicando métodos que no se corresponden con una sociedad civilizada. Es más, yo me voy más lejos, pues, he escuchado a congresistas decir que a los delincuentes hay que “darle pa’ abajo”.

Estas expresiones dan mucha pena, ya que parecería que algunos de nuestros legisladores no saben lo que tienen entre manos y dicen  cualquier cosa, con tal quedar bien ante la opinión pública y congraciarse con los familiares de alguien que ha perdido la vida a manos de criminales desalmados, como es el caso que nos ocupa.

De acuerdo al Código Procesal Penal, no existe la pena de muerte en la RD, sino que la pena máxima a que deben ser condenados los imputados son 30 años. Entonces, ¿Quién ordena que se les aplique la pena de muerte a personas vinculadas a crímenes horrendos como el de la  Segundo Teniente de la P.N. Mercedes del Carmen Torres Báez?

Claro, las autoridades del orden público tienen el deber de someter a la obediencia a quienes hayan violentado las leyes, pero no deben tener como norte  que a los que hayan cometido un asesinato, también hay que quitarles la vida.  Ahí están los tribunales  de la República para juzgar a los que violen las leyes; esa es su razón de ser y no otra.

Sabemos que los casos que se producen son diferentes unos de otros y en ocasiones, las autoridades del orden público, necesariamente, tienen que hacer uso de sus armas de reglamento y defender no sólo sus vidas, sino la de toda una sociedad.

En conclusión, en la RD no existe la pena de muerte, ni judicial ni extrajudicialmente, por lo tanto, tenemos que organizarnos como País y actuar tal y como lo establecen las leyes y la Constitución de la República, pues,  de no ser así estaríamos ante una anarquía, donde la aplicación  de las leyes sería inexistente y el uso indiscriminado de las armas de fuego se constituiría en la norma. 

Créalo usted o no eso está ocurriendo en nuestro País y los casos que se producen a diario son numerosos.  Por ejemplo, hace unos cuantos   días le dieron muerte a un Sargento de la FARD, que respondía al nombre de William De Óleo Encarnación, en el sector las Lilas de los Tres Brazos, en el municipio Santo Domingo Este.  De acuerdo a las autoridades, los autores de este otro crimen son dos personas que responden a los apodos de “Greña” y “Guaragua”.

Sería interesante que las autoridades del orden público, dependiendo de las condiciones y circunstancias, apresen y sometan a la justicia a estas personas y que sean los tribunales de la República que lo juzguen y  de ser hallados culpables sean condenados.

La sociedad, en sentido general, las autoridades judiciales, legislativas y del orden público tienen que hilar muy fino para lograr que se respete el derecho a la vida de las personas, independientemente, éstas estén vinculadas  a cualquier hecho delictivo.

Considero que hay que aplicar una máxima muy sencilla en estos casos y que es usada en muchos países: Investigar, Apresar, Investigar, Juzgar, y si es culpable, Condenar.

La violencia engendra más violencia, y lo estamos viendo a diario, y matar no es el método más efectivo para combatir la delincuencia y la criminalidad.