POR BENNY RODRIGUEZ
BARAHONA- El destituido ex fiscal titular de Barahona, Yván Ariel Gómez Rubio, a través de sus abogados, quiere que la comunidad nacional, regional y local conozca la verdad sobre su caso, pues, a su juicio, ha sido “maliciosamente” mal enfocado con el propósito de hacerle daño.
Niega que la sanción que decidió el Consejo Disciplinario del Ministerio Público sea de tipo moral o ético, sino que se trató de un asunto puramente técnico, ya que conforme a la sentencia se trata de una condena de tipo procesal.
Manifestó que en la voluminosa sentencia hay dos páginas, las 730 y 731, que explican claramente por qué su destitución e inhabilitación por cinco años del Ministerio Público.
A través de sus abogados defensores: doctores: Carlos Julio Féliz Vidal, Carlos Eurípides Moreno Abreu y Manuel Odalis Ramírez Arias, el exfiscal titular cuestiona la decisión adoptada por el Consejo de Disciplinario del Ministerio Público que le inhabilita y destituye cuando, a su juicio, no cometió faltas “muy graves” en el ejercicio de sus funciones.
El abogado Féliz Vidal, en entrevista exclusiva con el director de #LaLupaDelSur, manifestó que lo que se ha dicho en la prensa, así como el comunicado que distribuyó la Procuraduría General de la República (PGR), no está basada en la sentencia.
Afirmó que desde un principio el caso del exfiscal titular se manejó inadecuadamente, aclarando que la decisión es de un órgano inferior al Consejo Superior del Ministerio Público, que es el Consejo Disciplinario, por lo que Gómez Rubio puede recurrir la decisión, pero no dejó claro si lo hará.
Procesal
Aclaró que Gómez Rubio no era juzgado por asuntos ligados al narcotráfico ni por aspectos morales o éticos, sino por un asunto disciplinario, “porque el Ministerio Público entendió que debió actuar de una manera y no lo hizo, principalmente en el caso de Viyeya, Azua”.
“No está siendo vinculado con el narcotráfico como ha sido publicado ni por violación a la ley, sino por un caso en Viyeya, Azua y que hizo lo correcto al informar al fiscal de la jurisdicción que habían unas caletas que sospechaba era droga y la PGR entendió que puso en juego la imagen del MP, pues entiende debió proceder a realizar el registro y no lo hizo”, explicó.
Según explica, el exfiscal titular perseguía dos casos, pero en el medio de la persecución en la zona de Viyeya se encontró que en la playa habían unas caletas debajo de la arena, procediendo Yván Ariel Gómez Rubio a alertar a la fiscalía de allí para que sean ellos quienes hagan los registros “porque entendía tenía una orden para una cosa, no para eso”.
Señaló que el MP no actuó correcto en el caso del exfiscal, al inhabilitarlo y destituirlo, ya que el artículo 10 del Reglamento Disciplinario, establece que esto tiene lugar (la destitución e inhabilitación) cuando se cometen “faltas muy graves” y que no es el caso.
Reiteró que se trata, por tanto, de un caso técnico, no ético, argumentando que lo que establecen los consejos disciplinarios en el contexto global es otra y no con la rigurosidad con la que se actuó con Gómez Rubio, a quien afecta moral y éticamente el manejo dado en la opinión pública.
Féliz Vidal, abogado y profesor de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), señaló que los cargos presentados contra el destituido e inhabilitado magistrado Yván Ariel Gómez Rubio, fueron múltiples, incluso hasta acusándolo de “sicariato”.
Revela que otros de los cargos tiene que ver con el manejo de armas de fuego, toda su gestión, que inició en el 2015, la cual fue auditada forma parte de los cargos presentados, así como algunos casos relacionadas a personas imputadas de narcotráfico con los cuales hizo acuerdos amparado en sus funciones.
Indicó se le juzgó por todo el tiempo que duró en la fiscalía, al incorporar la auditoría y que los 12 cargos instrumentados en su contra, los considera la barra de su defensa, como “impropio por la formulación precisa de cargos”.
Según el académico, se le debió juzgar por dos asuntos, “pero como no eran sólidos y fuertes, le pusieron 10 más, teniendo que concluir el Consejo Disciplinario en ver su actuación procesal, “no por cuestiones técnicas, morales ni éticas”.
El pasado 9 del presente mes de septiembre la PGR difundió un comunicado de prensa dando cuenta que el Consejo Disciplinario del Ministerio Público destituyó e inhabilitó a Gómez Rubio, luego de comprobar “cometió faltas muy graves en el ejercicio de sus funciones”.
Estableció que las faltas cometidas por el exfiscal titular de Barahona constituyen una violación a los artículos 91 numerales 1 y 92, así como el numeral 8, respectivamente, de la Ley Orgánica del Ministerio Público No. 133-11 y los artículos 10 numeral 1 y 11 numeral 8, respectivamente, del Reglamento Disciplinario del Ministerio Público.