BARAHONA: La Oficina de Atención Permanente del Juzgado de la Instrucción, impuso el numeral 4 del artículo 226 del Código Procesal Penal, a una mujer acusada de haber dado muerte de una estocada con una sevillana a su concubino, en hecho ocurrido la madrugada del dia 13 del presente mes en la casa donde residìan, ubicada en el sector Don Bosco, en la parte baja de esta ciudad.
De trata Yrenis Margarita Castro Matos, de 24 años, acusada de propinar una estocada a Miguel Àngel Santana Batista, alias Cachimbito, de 25, quièn segùn certificado del mèdico legista actuante en el caso, expirò a causa de herida por arma blanca corto penetrante en el pecho y brazo derecho
El abogado de la defensa, Iván Ariel Gómez Rubio, demostró que la imputada está embarazada, y que además que actuó en legítima defensa ya que su vida estaba en peligro de muerte.
Dijo que el hoy occiso llegó A la casa en horas de la madrugada con un arma blanca en mano, con la cual atacó y propinó a la mujer varias heridas, según el certificado del médico legista, y que en el forcejeo ésta logró despojarlo del arma blanco y le acertò una estacada que le provocó la muerte.
En tanto que el Ministerio Público, representado por la fiscal Yocasta Rudilandia Báez, solicitó la prisión preventiva para la imputada, basada en el numeral, 7 del artículo 226 del Código Procesal Penal, la cual fue rechazada por la juez presidente del tribunal, Magistrada Rosa Betania Melena Cordona, quien le impuso la visita periódica a dicha imputada.
Según el abogado de la defensa, el occiso tenía un historial violento, por lo cual había sido sometido a la justicia en varias ocasiones, acusado de cometer varios delitos.
Gómez Rubio, alegó que el Código Penal Dominicano en su artículo 328 establece lo siguiente: “No hay crimen ni delito, cuando el homicidio, las heridas o los golpes se infieran por la necesidad actual de la legítima defensa de sí mismo o de otro”.