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miércoles, 22 de julio de 2020

BARAHONA: TSE declara inadmisible recurso de apelación incoado por PRM y Miguel Florián; ratifica diputación Carlos García

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POR JOSE MEDINA
TOMADO DE ARMARIO LIBRE

BARAHONA: En el preciso momento que la Junta Municipal de Barahona se reunía para un reconteo de votos, el Tribunal Superior Electoral (TSE), declaró inadmisible de oficio por considerarlo de extemporáneo, el recurso de apelación incoado el pasado 16 de julio por el Partido Revolucionario Moderno (PRM) y Manuel Miguel Florián Terrero.

El recurso de apelación del PRM y Florián Terrero era contra la resolución 15/2020 dictada por la Junta Electoral de Barahona, por haber sido incoada en violación al plazo de 48 horas, previsto en forma conjunta en la ley Orgánica.

Con esta sentencia, el TSE ratifica a Carlos García como el tercer diputado de la provincia de Barahona, que acompañará por cuatro años a Rudy Méndez (Ñiñín) y el doctor Moisés Ayala.

Expresa que la Junta Electoral del Barahona le entregó la resolución a la dirección del PRM y Florián Terrero, el 11 de julio, por lo que tuvieron hasta el 13 de julio, dos días, para hacer las reclamaciones que realizaron el 16 de este mes, después de haber vencido el plazo.

El segundo considerando del TSE establece que el PRM y Florián Terrero deben compensar las costas del procedimiento por tratarse de un asunto contenciosamente electoral.

“Disponer que la presente sentencia sea notificada a las partes en litis y la Junta Central Electoral (JCE), vía secretaría, y publicada en el boletín contencioso electoral, para los fines correspondientes”, expresa la sentencia firmado por el pleno del TSE y el secretario general.

La Junta Municipal de Barahona convocó a Florián Terrero, el PRD y demás fuerzas políticas, para este miércoles, a las dos de la tarde, para realizar un cotejo de votos de un acta del colegio electoral D y D1 que operó en la escuela Cristo Rey, de la parte alta del municipio Santa Cruz de Barahona.

En el acto, según las informaciones, había un dado errado, pero no fue descubierto dentro del plazo que establece la ley para realizar las impugnaciones correspondientes.