SANTO DOMINGO.- El presidente de la República, Luis Abinader, derogó el artículo 10 del decreto 740-20 que disponía el cese de actividades de las diferentes iglesias o denominaciones religiosas de todo tipo.
Mediante decreto 2-21, el Gobierno dijo que “Se permite la apertura y celebración de actividades de las diferentes iglesias y otras denominaciones religiosas, las cuales podrán realizarse tres veces a la semana, guardando los horarios establecidos para el toque de queda y acatando los protocolos generales y sectoriales vigentes contra la COVlD-19 ”, leía parte del escrito.