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jueves, 4 de mayo de 2023

¿Qué es el juicio político y cómo se lleva a cabo?

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POR CAYENA GONZÁLEZ
TOMADO DEL LISTIN DIARIO

Santo Domingo: Un debate ha generado la declaración de Janel Ramírez, presidente de la Cámara de Cuentas (CC), sobre que en múltiples ocasiones ha tenido que hacer “lo que diga el pleno, aunque esté en contra de la ley”.

A raíz de ello, en el Senado se debatió este miércoles entre invitar al pleno para que explique lo sucedido o si debe ser sometido a un juicio político, un proceso en el que se somete a un funcionario público acusado de cometer algún acto ilícito dentro del ejercicio de sus funciones

¿Qué dice la Constitución dominicana sobre este tipo de juicio?

De acuerdo con el artículo 83 de la Carta Magna, dentro de las atribuciones de la Cámara de Diputados está denunciar a estos servidores públicos escogidos por voto popular o “por el Senado y el Consejo Nacional de la Magistratura”, que comentan faltas de gravedad mientras ocupan el cargo gubernamental.

"La acusación sólo podrá formularse con el voto favorable de las dos terceras partes de la matrícula. La persona acusada quedará suspendida en sus funciones desde el momento en que la Cámara declare que ha lugar la acusación".
Constitución Dominicana. Artículo 83.

Posterior a la denuncia, el Senado juega un rol de “conocer la acusación” y, si aplica, la persona acusada será sometida a juicio ordinario con arreglo de ley. Solo llegará a juicio si dos terceras partes del senado se ponen de acuerdo, según lo establecido por el artículo 80.

También establece que “la declaración de culpabilidad deja a la persona destituida de su cargo, y no podrá desempeñar ninguna función pública, sea o no de elección popular, por el término de diez años”.