El Congreso debe legislar para que los Códigos sean mejorados y mantengan su estructura. No hay ley perfecta, pero se puede promulgar normas de manera paulatina hasta lograr satisfacer a los diversos sectores de la nación.
Por Víctor Eddy Mateo Vásquez
En 1884 ciertas legislaciones marcaron un hito en el sistema judicial dominicano: el Código Civil a partir del Decreto número 2213, el Código de Procedimiento Civil a través del Decreto número 2214, ambos del 17 de abril, así como, el Código de Comercio mediante el Decreto número 2236 del 5 de junio. Lo propio sucedió con el Código Penal que aún está vigente, el cual data del 20 de agosto del mismo año, y fue sancionado por el Decreto número 2274.
Es decir, 160 años después, mantienen vigencia, pese a que algunas de sus disposiciones han sido derogadas y se han promulgado leyes especiales para adaptarlas al contexto actual. Sin embargo, desde hace décadas se discute la posibilidad de modernizar sus contenidos, pero ha sido imposible lograr consenso al respecto.
También, lo mismo sucede con dos legislaciones más recientes, pero que a 2024, cumplen 32 años de haber sido promulgadas: el Código Laboral y el Código Tributario. Ambas leyes han sufrido modificaciones, pero a modo general mantienen la gran mayoría de su contenido intacto, lo cual preocupa no solo a la comunidad jurídica, sino, a los sujetos con interés legítimo.
Asimismo, cabe destacar que aspectos específicos inciden en los tranques que históricamente se han manifestado, como, por ejemplo, en cuanto al Código Penal: las tres causales, el aumento de los años de pena por crímenes y delitos, la discriminación, la violencia intrafamiliar, etc. Mientras que, en torno al Código Laboral, la eliminación del auxilio de cesantía y el preaviso detienen que nuevas modalidades de trabajo se contemplen, así como asuntos de índole social en torno a la paternidad, la tecnología y las condiciones laborales.
Respecto al Código Tributario, lo cierto es que las crisis económicas internas y externas han provocado reformas tributarias que han servido para enfrentar situaciones coyunturales, pero urge la necesidad de un pacto fiscal como se ha sostenido en reiteradas ocasiones que resulte en una reforma fiscal integral que, a su vez, permita racionalizar el gasto público e identificar fuentes de recaudación tributaria para invertir en la mejoría de la calidad de vida. Hay que recordar que la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) preparó como Administración Tributaria un proyecto para modificar el Título I de la Ley 11-92 en marzo de 2022, por un texto más moderno. Se espera sea contemplado en una nueva legislación.
Aunque fue promulgada en 2002, la Ley 183-02, también llamada Código Monetario y Financiero ha tenido un balance positivo a favor del sector, aunque algunos expertos plantean la necesidad de que contemple nuevas figuras y disposiciones que respondan a la época actual. Esta norma también ha sido modificada, pero muy levemente. A diferencia de los Códigos citados, su contenido es bastante útil y manejable para fines de regular la actividad monetaria y financiera.
En fin, el presidente de la República ha reiterado en múltiples ocasiones la necesidad de llevar a cabo diversas reformas. Para ello, necesita del Poder Legislativo. Se espera que el próximo cuatrienio que inicia el 16 de agosto se caracterice por grandes iniciativas que transformen áreas neurálgicas para el país como la seguridad social, entre otras. El Congreso debe legislar para que los Códigos sean mejorados y mantengan su estructura. No hay ley perfecta, pero se puede promulgar normas de manera paulatina hasta lograr satisfacer a los diversos sectores de la nación.
¡Es justo y necesario!