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domingo, 13 de octubre de 2024

MAP descentraliza el cálculo de beneficios laborales en las instituciones del Estado

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SANTO DOMINGO: 
 Las instituciones deberán prever en sus presupuestos las partidas necesarias para cubrir las indemnizaciones legales y el pago de vacaciones en caso de desvinculación.

El MAP dispuso que las oficinas de recursos humanos de cada ente estatal, incluidas las instituciones descentralizadas, serán responsables de calcular y pagar los beneficios laborales a los servidores públicos desvinculados por cualquier causa.

El Ministerio de Administración Pública (MAP) aprobó, mediante la Resolución No. 316-2024, la descentralización del cálculo de los beneficios y prestaciones laborales. A partir del 19 de octubre, las oficinas de recursos humanos de cada ente estatal, incluidas las instituciones descentralizadas, serán responsables de calcular y pagar los beneficios laborales a los servidores públicos desvinculados por cualquier causa, incluyendo casos de fallecimiento o pensión.

La resolución, firmada por el ministro de Administración Pública, Sigmund Freund, establece que los departamentos administrativos, financieros y de recursos humanos de cada institución deben garantizar que los cálculos cumplan con los requisitos legales y reglamentarios. Para ello, deberán seguir los procedimientos internos que aseguren la precisión y transparencia en los pagos. Una nota de prensa del ministerio informó sobre la disposición.

Asimismo, se destaca que las instituciones deben prever en sus presupuestos las partidas necesarias para cubrir las indemnizaciones legales y el pago de vacaciones en caso de desvinculación. Estos procesos se realizarán en coordinación con la Contraloría General de la República, como órgano de control interno del Estado.

De las reclamaciones

Una de las principales novedades de esta resolución es que las instituciones serán responsables de gestionar estos cálculos mediante el Sistema de Reclamación Laboral (Reclasoft). Este sistema, desarrollado por el MAP, busca mejorar la eficiencia y efectividad en los pagos a exservidores públicos, permitiendo a los entes y órganos del Estado realizar de manera directa la gestión administrativa de los beneficios.

«La descentralización de la aprobación de los cálculos de beneficios laborales permitirá a cada ente u órgano administrar de manera más directa y ágil la gestión administrativa y financiera de los cálculos de beneficios laborales. Al delegar esta responsabilidad a los propios entes y órganos, se simplifica el proceso administrativo, se reducen los tiempos de espera y se mejora la capacidad de respuesta ante las desvinculaciones, por cualquier motivo de los funcionarios o servidores públicos», indica la resolución.

El MAP también aclara que las instituciones deben remitir digitalmente los cálculos laborales al Ministerio para fines de registro y control. Además, los organismos en proceso de fusión o eliminación deberán validar estos cálculos con el MAP antes de proceder a los pagos. Reclamaciones y conciliación En caso de disconformidad con el cálculo de las prestaciones, ya sea por parte del empleado o de la institución, se podrá presentar una reclamación formal ante la entidad correspondiente dentro de un plazo de 15 días.

El MAP actuará como mediador si la disputa no se resuelve a nivel interno, permitiendo que las partes involucradas presenten el caso ante la Comisión de Personal. Con esta medida, el MAP busca simplificar el proceso administrativo, reducir tiempos de espera y mejorar la capacidad de respuesta de las instituciones públicas en la gestión de las desvinculaciones laborales.