A pesar de las críticas que ha recibido en el tiempo el bestseller de Francis Fukuyama, publicado en 2004 bajo el título: “La construcción del Estado: hacia un nuevo orden mundial en el siglo XXI”, el autor escribió una gran verdad: “Los Estados poseen una amplia variedad de funciones, tanto para lo bueno como para lo malo. El mismo poder coactivo que les permite defender los derechos de propiedad y procurar seguridad pública, les permite también confiscar la propiedad privada y vulnerar los derechos de los ciudadanos.”
Ayer, en LA Semanal, el presidente de la República mostró su disposición a que se haga reajustes a la propuesta de reforma presentada hace ya poco más de una semana por el Poder Ejecutivo a través del mismo espacio con la prensa. También, se conoció públicamente la postura de economistas de fuste a favor y en contra. Sin embargo, pese a que la reforma fiscal tiene un gran componente económico y necesita técnicos para su diseño, lo cierto es que el sentido común del pueblo es lo que al final cuenta.
Es decir, hay que escuchar los sectores del país para consensuar, ya que es deber del Poder Ejecutivo como proponente es exponer de forma llana en qué consiste y cómo se traducirá a favor de la gente los efectos de la reforma. Don Edgar Barnichta Geara, reputado tributarista dominicano, quien a su vez se ha constituido en el principal referente de Derecho Tributario en el país, explica a través de sus tomos, que la forma más sana de financiar la actividad estatal, es a partir de las recaudaciones de tributos.
En tal sentido, cabe recordar a las autoridades que en un Estado Social y Democrático de Derecho como lo es República Dominicana, las políticas públicas deben ir cónsonas a la protección del bien jurídico por excelencia: la dignidad humana, tal como señalan los artículos 5 y 7 del texto constitucional. Tampoco es letra muerta, ni debe ser echado a un lado lo estipulado por el artículo 2 de la propia Carta Magna, en torno a que “La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, de quien emanan todos los poderes”.
Por consiguiente, se trata no sólo de escuchar, sino, saber interpretar el sentir del soberano que depositó su confianza en sus representantes para que procure bienestar para el país. Se sabe que gobernar no es tarea fácil, porque hay decisiones que perjudican a uno que otro sector, eso es cierto. Pero, cuando el grito es al unísono, los que ostentan el poder deben detenerse y repensar sus pretensiones.
Además, se espera que al momento de votar la propuesta de reforma fiscal, también sea tomado en consideración el artículo 74.4 de la Ley Sustantiva: “Los poderes públicos interpretan y aplican las normas relativas a los derechos fundamentales y sus garantías, en el sentido más favorable a la persona titular de los mismos y, en caso de conflicto entre derechos fundamentales, procurarán armonizar los bienes e intereses protegidos por esta Constitución.”
Finalmente, recordar que la “no confiscatoriedad” es un principio tributario de rango constitucional, el cual procura que el Estado no debe imponer tributos que priven la riqueza total del sujeto obligado. Es decir, nadie está obligado a lo imposible, aunque todas las personas en territorio dominicano tienen el deber constitucional de tributar (Art. 75.6), pero en proporción a su capacidad. Entonces, ¿es ampliar la base imponible la salida? ¿Es la imposición de tributos regresivos la única vía? Si es cierto que el Congreso Nacional es la casa de la democracia, pues entonces esperemos que sus habitantes tengan la gallardía de defender al pueblo que democráticamente les eligió.