SANTO DOMINGO: El Ministerio de Turismo, a través de la Resolución DJ 002-2025, anunció regulaciones especiales para la Semana Santa, que estarán vigentes desde el lunes santo (14 de abril) hasta el Domingo de Resurrección (20 de abril).
Entre las regulaciones, destaca que se permitirá la venta, expendio y consumo de bebidas alcohólicas en actividades complementarias como parques acuáticos o temáticos, pero de manera controlada durante el día. Sin embargo, estará prohibida de 6:00 de la tarde a 6:00 de la madrugada. Además, se reitera la prohibición de fiestas y eventos en playas y balnearios.
La resolución también prohíbe la venta y expendio ambulante de bebidas alcohólicas, el establecimiento de casas de campaña, y el uso de carritos de golf por menores de edad, así como motocicletas, vehículos de motor, Jets Ski, Wave Runner y Banana Boats en playas y balnearios de todo el país.
La normativa estipula que las playas y balnearios deben cerrar diariamente a partir de las 6:00 p.m. hasta las 6:00 a.m. También limita el uso de carritos de golf por menores de edad sin licencia dentro de complejos turísticos y establece que las excursiones solo se permitirán con guías autorizados y embarcaciones debidamente registradas, con código QR visible.
Asimismo, Turismo puso énfasis en que todos los hoteles y restaurantes en zonas turísticas deben cumplir con las normativas de seguridad e higiene, incluyendo la colocación de supervisores y salvavidas en las playas, así como contar con un plan de seguridad interno para eventos.
La normativa permite excursiones turísticas acuáticas en lugares como la laguna Gri Gri, isla Saona, isla Catalina y Cayo Levantado, siempre que se realicen en embarcaciones aprobadas por el Ministerio de Turismo. Además, se advierte que el incumplimiento por parte de hoteles y establecimientos turísticos resultará en la cancelación de sus licencias de operación, y se asigna a la Policía Turística (Politur) la responsabilidad de garantizar el cumplimiento de estas medidas.